¿Qué hacer con los embriones congelados?

La existencia de millones de embriones congelados repartidos por clínicas de todo el mundo plantea serias dudas morales, religiosas y jurídicas. Además suele ser fuente de conflictos entre muchas parejas que deciden divorciarse. ¿Qué hacer entonces con los embriones congelados?


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1978: la revolución de la fecundación in vitro

En 1978 el fisiólogo inglés Robert Edwards y su colaborador, el ginecólogo Patrick Steptoe, anunciaron, en medio de una gran polémica, el nacimiento de Louise Joy Brown, la primera niña probeta.

Aquel asombroso avance científico supuso la solución para todas las parejas que, debido a problemas de fertilidad, no podían tener hijos de forma natural. Aunque el éxito de la fecundación in vitro fue recibido con rechazo por los estamentos más conservadores de la sociedad, la comunidad científica siguió investigando para perfeccionar los tratamientos. Desde entonces, han nacido en todo el mundo unos 8 millones de bebés por fecundación in vitro, y en la mayoría de los tratamientos se crean y se congelan embriones adicionales con el objetivo de aumentar las posibilidades de éxito.

Este proceso de criopreservación de embriones ha suscitado un profundo debate en la sociedad. La existencia de millones de embriones congelados repartidos por clínicas de todo el mundo plantea a juristas, legisladores y médicos innumerables conflictos que deben resolverse.

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La necesidad de regular la criopreservación de embriones

El 4 de junio de 2014 a Ruby Torres, una ciudadana estadounidense residente en Arizona, le diagnosticaron un cáncer de mama triple negativo, un cáncer muy agresivo. Ruby se sometió a un tratamiento de quimioterapia, pero le advirtieron que el tratamiento podría provocarle la infertilidad. Por esa razón ella y su marido, llamado John Terrell, decidieron crear embriones con sus óvulos y su esperma y los congelaron por si la quimioterapia dejaba estéril a Ruby. El tratamiento funcionó y el cáncer de mama remitió. Por desgracia, el matrimonio de Ruby no evolucionó tan positivamente como su tratamiento, y dos años después, Ruby y John se divorciaron. En ese momento, John exigió que los embriones se destruyeran. El caso llegó a la Corte Superior de Arizona, que dictaminó que la pareja debería cumplir los términos firmados en el contrato de la clínica donde practicaron la fecundación in vitro, es decir, no podrían destruir los embriones y deberían donarlos a otra pareja.

Eso significa, en palabras de la propia Ruby, que “algún día quizás nacerá un hijo mío y yo nunca podré conocerle”. El caso de Ruby avivó el debate sobre el aborto y el derecho a la vida, no sólo en Estados Unidos, sino en todo el mundo.

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Las consecuencias morales y religiosas de la congelación de embriones

Tras el caso de Ruby Torres se sucedieron en Estados Unidos los juicios que intentaban decidir el destino de los embriones congelados en caso de divorcio de sus padres biológicos. El más mediático de todos fue sin duda el juicio que protagonizaron la actriz Sofía Vergara y su exnovio, el empresario Nick Loeb. Tras su separación, Nick Loeb solicitó a un juez de Lousiana la custodia de los dos embriones que había creado junto a Sofía Vergara, y a los que incluso había puesto nombre: Emma e Isabella. El empresario quería utilizarlos unilateralmente para tener descendencia. Sin embargo, Sofía Vergara no estaba de acuerdo, argumentando que “un niño necesita una madre y una relación amorosa con padres que no se odian”. La conocida actriz colombiana ganó finalmente la batalla judicial y el juez determinó que la pareja no tenía ninguna obligación legal en California, al no haber sido concebidos los embriones congelados en dicho estado.

El juicio de Sofía Vergara y Nick Loeb amplificó el debate sobre las consecuencias de la congelación de embriones, y evidenció la necesidad de crear una legislación específica. A día de hoy en Estados Unidos no existe todavía una ley que regule la fecundación in vitro, ni está establecido un límite para la congelación de óvulos, esperma ni embriones. En otros países, por ejemplo, en Reino Unido se limita a diez años el almacenamiento de embriones congelados, y en Brasil, se limita a tres.

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La legislación sobre embriones congelados en España

España cuenta desde 2006 con una ley de reproducción asistida, que para muchos es un referente tanto por las técnicas que regula, como por los usuarios o destinatarios de las mismas. Según esta ley “los diferentes destinos posibles que podrán darse a los preembriones crioconservados, así como, en los casos que proceda, al semen, ovocitos y tejido ovárico crioconservados, son siempre, su utilización por la propia mujer o su cónyuge, hasta que por razones médicas o por edad avanzada no sea aconsejable un embarazo”.

En España, al comienzo de todo tratamiento de fecundación in vitro, los pacientes firman un consentimiento que determina el destino de los embriones congelados. Casi todos los implicados deciden conservarlos, con la idea de poder necesitarlos si el tratamiento no culmina con éxito y deciden volver a intentarlo, o si deciden tener más hijos. Cada año los interesados reciben una comunicación de su clínica para que validen o cambien su decisión. Si un día ya no desean conservar los embriones, deberán elegir entre tres opciones:

  • La donación con fines reproductivos
  • La donación con fines de investigación
  • El cese de su conservación sin otra utilización (este supuesto requiere que se haya agotado el período fértil de la mujer receptora)

Sin lugar a dudas, el debate sobre la conservación de embriones congelados no ha hecho más que empezar y sus derivaciones éticas y religiosas serán imprevisibles.